Vistas las exposiciones formuladas por el funcionario Agente JOSE MONTILLA, adscrito a la Sub- Delegación Valera del CICPC, emitidas mediante acta de investigación penal con fecha 02-04-07, quien manifiestó que se dirigió a la dirección aportada y que la ciudadana EYILDAJOSEFINA VALECILLOS DIAZ, portadora de la cedula de identidad No.10.033.673, le manifiestó ser la madre del adolescente:____, se fuè de ésa casa y se desconoce su paradero. Igual manifestación hizo el Inspector Jefe (FAPET) PEDRO JOSE NUÑEZ, Comandante del Departamento Policial No.21, San Rafael de Carvajal, mediante oficio NO.161/2007, fechado 11-04-07, quien igualmente se dirigió a la dirección aportada y la ciudadana EYILDAJOSEFINA VALECILLOS DIAZ, antes identificada le señalo lo anterior. Este Tribunal tomando en cuenta que se hizo imposible la ubicación del mencionado adolescente por las circunstancias anotadas, procediendo de acuerdo a lo previsto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del N.....