DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal de Adolescente en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, declina la competencia del conocimiento de la presente causa que se le sigue al otrora adolescente IDENTIDAD OMITIDA,, identificado ut supra, al Tribunal de Ejecución Nº 2 del sistema Ordinario de esta Jurisdicción, que conoce del asunto Nº KP01-P-2008-2928. Se ordena el envió de las actuaciones para la acumulación correspondiente. Líbrese oficio respectivo.