En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE por INEPTA ACUMULACIÓN la presente demanda interpuesta por la ciudadana ALBA LUCIA ZAPATA, contra el ciudadano JOSE EULOGIO TOLEDO, todos identificados en la parte superior de esta sentencia.