Se admite la acusación fiscal y pruebas y oída la admisión de los hechos por parte del imputado, dicta sentencia condenatoria en contra del ciudadano FRANCISCO EDUARDO ARAUJO VIELMA, natural de Trujillo estado Trujillo, nacido en fecha 26-10-1987, de años de edad 20 años, de ocupación carpintero, de estado civil Soltero, Titular de la Cédula de identidad Nº 21.207.720, hijo de Francisco Araujo y Milagros Vielma, residenciado mas arriba de Santa Elena en el trapiche Via Bocono cerca del asadero el Trapiche, como 100mts Municipio Pampan estado Trujillo por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en cumplimiento del articulo 364 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal pasa a explicar motivadamente la pena a imponer en el presente caso, el delito de Porte Ilícito de Arma, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, acarrea una pena de 3 a 5 años de prisión, en aplicación del articulo 37 del Código Penal, l.....