III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Ángel Ramírez Méndez, apoderado del demandado, ciudadano Héctor José Mata, contra la sentencia proferida por el A quo, en fecha 16 de Abril de 2010.
Se declara CON LUGAR la presente demanda que por nulidad del documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Rafael Rangel, Sucre, Miranda, Andrés Bello, Bolívar y La Ceiba del Estado Trujillo, el 29 de Agosto de 2003, bajo el número 2, Tomo 6 del Protocolo Primero, propusieron los ciudadanos Wilmer José García Torres, Orlando José Perdomoy otros, contra el ciudadano Héctor José Mata; todos identificados en los autos que conforman el presente expedie.....