DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la ciudadana Bettsi María Zabala Araujo, identificada en actas, contra la decisión dictada de fecha 29 de abril 2024, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo
SE DECLARA INADMISIBLE el presente recurso de amparo constitucional, por INEPTA ACUMULACIÓN.
SE CONFIRMA la decisión apelada, por diferente motivación.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de este fallo.
Publíquese, regístrese, y archívese en la oportunidad de ley.