PRIMERO: IMPROCEDENTE el RECURSO DE HECHO propuesto por el ciudadano JULIO JOSÉ LEÓN LEÓN, asistido por el abogado Henry Suárez, identificados en autos, contra la decisión que dictó el Tribunal Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de fecha 20 de marzo de 2025, mediante la cual negó el Recurso de Apelación, interpuesto el mismo en fecha 25 de abril de 2025.
SEGUNDO: No se condena en costas dada la naturaleza de la decisión.