Visto el Desistimiento del procedimiento que precede instaurado por la parte actora de fecha 19 de Julio de 2006, cursante al folio 17 del presente expediente, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, imparte su aprobación, homologando dicho Desistimiento y se procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, ordenándose el archivo definitivo del presente expediente, en consecuencia, desglósese el documento original cursante en autos, hágase entrega del mismo al interesado y en su lugar déjese copia fotostática debidamente certificada por Secretaría, una vez que la parte provea dichas copias, conforme a lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
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