SE DECRETA EL ENJUICIAMIENTO del adolescente , Titular de la Cédula de Identidad No (No Porta), Venezolano, Natural de Viscucuy Estado Sucre, de Años de Edad, Nacido en Fecha , de Estado Civil Soltero, de Ocupación u Oficio Estudiante, Hijo de y Residenciado Estado Sucre, por el delito ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el Artículo 06, numerales 1, 2, 3 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor en agravio del ciudadano Ender Barazarte, CUARTO: En cuanto a la medida de privación Judicial Preventiva de libertad, indicando la Representación Fiscal el "Fumus Boni Iuris", y el "Periculum in Mora", el Tribunal toma en cuenta lo siguiente: 1.- Se trata de uno de los delitos que segùn lo previsto en el parágrafo segundo letra "a" del artículo 628, Ley Especial, merece como sanciòn definitiva la privación de libertad. 2.- El joven acusado tiene su residencia fuera de la jurisdicción del estado Trujillo, ubicada en el centro de Biscucuy, casa 93, de.....