Por las razones precedentemente expuestas éste JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIÓN DE JUICIO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE: Se acuerda la práctica de una EVALUACION MEDICA, al ciudadano: RAFAEL RAMON ARAUJO, venezolano, de 39 años de edad, soltero, natural de mesa Julia estado Mérida, de obrero, titular de la cédula de identidad N° V-19.103.537, residenciado en el sector la amarilla, casa S-N parroquia el Cedro, Municipio Rafael Rangel, Estado Trujillo, quien se encuentra recluido en el Internado Judicial de ésta ciudad, cual se ordena practicar por un Medico Forense de la ciudad de Mérida. Efectúese el traslado con la seguridad que el caso requiera, para el día jueves 22 de julio de 2010, a las 9 a.m. Líbrese Oficio a Medicatura Forense, solicitando la evaluación psiquiatrica forense. Líbrese boleta de traslado.
REGISTRESE PUBLIQUESE Y DEJE COPIA DE LA PRESENTE DECISION .....