DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta el cese de la medida de Servicios a la Comunidad a favor del joven RESERVADO , en la causa seguida por el delito de Homicidio Intencional en grado de Facilitador, previsto en el artículo 405 del Código Penal en concordancia con el artículo 84 numeral 3 eiusdem Notifíquese de lo conducente a la Defensa al joven sancionado y al Fiscal 24 del Ministerio Público. Ofíciese al Consejo Comunal Colinas de san Vicente sectores I y II.
El Juez de Ejecución
Abog Gerardo Pastor Arias El Secretario