Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE ANULA DE OFICIO, la decisión dictada en fecha 24 de Febrero de 2012, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el asunto KP01-P-2005-010539, seguido contra el ciudadano FREDDY SABINO RAVICINI MOLINA, mediante el cual DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de DECAIMIENTO, que realizare la abogada Almarina Ferrer, quien actúa en nombre y representación del referido acusado.
SEGUNDO: Remítase con carácter de urgencia el presente asunto a un Tribunal de Juicio, distinto al que conoció de la presente causa, a los fines de que realice el respectivo pronunciamiento prescindiendo de los vicios aquí detectados.
Publíquese. Regístrese. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la .....