"...El Tribunal, vista la exposición de la apoderada actora y, habida cuenta que la alteración del orden público que se está suscitando, impide que se cumpla a cabalidad con la orden emanada del comitente y, vista que el Tribunal así como sus integrantes, se encuentran desasistidos del respectivo apoyo policial, dado que no se hizo presente la comisión de la Guardia Nacional, así como tampoco los funcionarios del Consejo de Protección del Niño y del Adolescentes del Municipio Libertador y que fueran solicitado por la apoderada actora y, visto el pedimento efectuado, acuerda diferir la práctica de esta actuación para una nueva oportunidad..."