Con base a los razonamientos explanados este Tribunal Segundo en funciones de Control de Audiencias y Medidas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta: Primero: De conformidad con lo establecido en 367 del Código orgánico procesal Penal en concordancia con el Art. 376 ejusdem, se condena al ciudadano JORGE ANDRES MATERANO ROSARIO, venezolano, de 36 años, natural en Sabana de Mendoza, fecha de nacimiento 22 de octubre de 1972, hijo de Maria Camila Rosario y de Pedro Materano, albañil, portador de la cédula de identidad N° 13.261.442 (no porta), residenciado en .....................................................(privado de libertad en el Internado judicial de Trujillo), por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 43 encabezado primero y tercer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuici.....