III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la recurrente Jaquelin del Carmen Romero Garcés, ya identificada, contra la sentencia de fecha 3 de Agosto de 2011, dictada por el A quo con motivo del recurso de amparo constitucional propuesto contra los funcionarios del Instituto Nacional para el Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, ciudadanos Rosalía Isea, Daniel Rangel y Dámaso Briceño, todos identificados en autos, por causa de acto dirigido y ejecutado por ellos y que ha quedado descrito en el cuerpo de este fallo.
Se declara INADMISIBLE el presente recurso de amparo constitucional.
Se CONFIRMA la sentencia apelada.
Dada la naturaleza de est.....