En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR, la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana MARÍA NAZARIA JARAMILLO GARCÍA, quien es venezolana, de treinta y nueve (39) años de edad, soltera, oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N° V-11.707.785, domiciliada en la entrada de la Loma del Pabellón específicamente en el sector El Pailón, Municipio Boconó, Estado Trujillo, contra el padre ciudadano: FELIX ALIRIO ORTEGANO, quien es venezolano, casado, Obrero Fijo; domiciliado en Mosquey entrada el Potrerito, Parroquia Mosquey, Municipio Boconó Estado Trujillo, y trabaja en la Finca Producción de Champiñones específicamente con el Señor Juan Vicente Carrillo en el Sector Los Malavares, de esta ciudad de Boconó.-