En consecuencia, este Juzgado Superior Primero Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por CONSUMADO dicho DESISTIMIENTO y en consecuencia, LO PASA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, quedando FIRME la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del estado Lara, el 21 de diciembre de 2012, en el juicio de DECLARACIÓN DE UNIÓN CONCUBINARIA intentado por ANTONIO RAFAEL MARTINEZ CAMACARO contra DULCE MARLENE NAVAS NAVAS, que declaró SIN LUGAR la acción intentada.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta decisión para ser agregada al libro respectivo.
Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de su procedencia, a los fines legales consiguientes.
Regístrese, publíquese y bájese.