DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: se declara la responsabilidad penal de los adolescentes DATOS OMITIDOS y DATOS OMITIDOS, titulares de las cédulas de identidad Nº y, . y . y se sancionan a cumplir REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE UN AÑO Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES, a cumplir de manera simultánea, de conformidad con lo establecido en el artículos 583, 622, 620 literales b y c, 624 y 625, todos de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 80 en su primer aparte del Código Penal. Medidas impuestas con la finalidad de despertar valore.....