"...Vista la presente Transacción y sus recaudos, presentados en fecha 17-12-2014, por ante este Tribunal Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, estando el expediente en fase de mediación este juzgado pasa a verificar. Así visto el escrito de transacción presentado por la parte actora JUAN GALEA ALVAREZ, titular de la C.I. V-8.290.634, asistido por el abogado PEDRO GAMBOA, IPSA Nº 201.717, y firmado por el representante legal de la demandada abogado JESUS LEOPOLDO, IPSA Nº 97.802, FLETEVEN, C.A., mediante la cual la demandada paga al demandante a su cabal y entera satisfacción la suma señalada de UN MILLON CINCUENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.1.050.000,00), la cual es pagada con dos cheques de gerencia del Banco de Venezuela el prim.....