Se declaro la Competencia de este Tribunal y Como corolario de lo anterior, este sentenciador, actuando como Juzgado de Primera Instancia de lo Contencioso Administrativo Agrario, en ejercicio de la tutela constitucional, facultad jurisdiccional que poseen todos los jueces de la República y en aplicación de los postulados y principios constitucionales, a los efectos de garantizar una justicia transparente, accesible, imparcial, responsable, equitativa, y expedita y sin reposiciones inútiles de conformidad con el artículo 26 de la Carta Fundamental, con el fin de impartir justicia en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, establecido en el artículo 2 eiusdem, el cual sirve de base fundamental al Estado plasmado en el Texto Político, aplicando en forma armónica y progresiva los artículos 161 y 163 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con los artículos 2, 26 y 49 de nuestro Texto Magno, ordena la solicitud de remisión de los antecedentes administrat.....