En consecuencia, se ORDENA al Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la remisión a este Tribunal Superior de lo requerido para lo cual se le concede un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fecha en que consten en el expediente su notificación.