Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCION A LAS ACTIVIDADES AGRICOLAS, requerida por la ciudadana MARY LUZ BARRETO MORA, titular de la cédula de identidad número 10.373.826, asistida por el abogado en ejercicio ASDRÚBAL JOSÉ PACHECO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 28.123 , sobre dos (2) lotes de terreno, ambos ubicados en el sector Mesa de Gallardo, parroquia Cruz Carrillo, municipio Trujillo del estado Trujillo; El Primer Lote con los siguientes linderos: Norte: vía que conduce a Los Caracoles; Sur: terrenos de Benancio Núñez; Este: Pedro Rusa, Francisco Uzcátegui, Napoleón Carrillo y vía principal La Arenosa, y Oeste: propiedad de Angélica Núñez y vía común Los Caracoles, y El Segundo lote; con los siguientes linderos: No.....