el Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de m Venezuela y por autoridad de la ley acuerda Primero: Se acuerda mantener el beneficio de destacamento de Trabajo al penado de autos Freddy Antonio García Duran Segundo: Se declara sin lugar la solicitud de la Defensa en el entendido que se le otorgue el beneficio de régimen abierto al penado. Tercero: acuerda ratificar el oficio Nº 2006-4465 al Juzgado Segundo del Circuito Judicial del Estado Vargas a los fines que con la celeridad del caso emita el pronunciamiento correspondiente. Y se acuerda oficiar al Director del Internado Judicial Penal del estado Trujillo. La presente decisión contiene el auto fundado de la misma en consecuencia el lapso para interponer el lapso para la apelación comienza a correr al día hábil siguiente al de este Tribunal. Terminó el acto siendo las diez y cuarenta y seis minutos de la mañana (10:46am), se cumplier.....