En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado N° 6 en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
A solicitud de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en el Estado Lara, Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad a favor del ciudadano GABRIEL JOSE GRATEROL, por la presunta comisión del delito de Homicidio tipificado en el artículo 407 del Código Penal, por hecho cometido en perjuicio del ciudadano POMPILIO JOSE PEREZ RODRIGUEZ, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Por cuanto la presente decisión se publica fuera del lapso legal, se ordena expedir las respectivas boletas a las partes notificando la presente decisión.
Esta decisión se publicó en la sede del Palacio de Justicia a las 05:00 pm del día martes 21 de Octubre de 2003. Regístrese. Cúmpl.....