DECISION
En mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en los artículos 2, 26, 75, 76 y 78° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 289°, 290° y 294° del Código Civil Venezolano y 1°, 2°, 5°, 8°, 365° y siguientes de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, declara CON LUGAR, la demanda de Pensión de Alimentos intentada por el adolescente JOSE MANUEL VALERA GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.812.721, domiciliado en la Calle Sucre con Fraternidad, Sanare, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Lara, en su propio beneficio, en contra del ciudadano MANUEL EISAURO VALERA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.457.702, domiciliado en la Urbanización Santa.....