Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se revoca la decisión dictada el 11 de junio de 2010 por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó el decreto de la medida de embargo solicitada por la parte actora, en el juicio que por cobro de bolívares sigue la sociedad mercantil BOLIVAR BANCO C.A. en contra de los ciudadanos Patricio Basilio Fernández Arbulu y Randy Alberto Martini León;
SEGUNDO: Se ordena al Juzgado de la causa que en forma inmediata decrete, conforme a las disposiciones legales, la medida de embargo sobre bienes muebles de los codemandados, peticionada en .....