este Tribunal se abstiene de pronunciarse sobre dichas medidas por cuanto la Prohibición de Enajenar y Gravar solamente puede recaer sobre bienes inmuebles, los cuales deben estar debidamente identificados para poder oficiar al Registrador Público competente a fin de estampar la correspondiente nota marginal. Así se decide.-
La Juez Provisorio,
Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.