Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la Conversión en Divorcio, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que contrajeron los ciudadanos DANIEL ORTIZ PIFANO y KARELYS JOSEFINA HERNÁNDEZ SEGOVIA, ya identificados, ante el Juzgado Segundo de Parroquia del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 30 de Julio de 1994, bajo el Acta Nro. 26, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevados durante ese despacho en fecha 1994. En lo referente a la protección de los hijos procreados éstos quedarán bajo la Patria Potestad de ambos progenitores, quienes se comprometen a tomar en forma conjunta y armónica las determinaciones que en cada caso sean más convenientes y provechosas a sus intereses. La Guarda de los niños, se le otorga a la progenitora con quién convivirán, y quién se encargará de la vigilancia, la orientación educativa y moral. La Pensión de Alimentos en beneficio de los niños d.....