Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el ABG. ALEJANDRO ANTONIO MARTINEZ GARCIA, en carácter de Fiscal Provisorio en la Fiscalia Décima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 11/09/2012, donde declara con lugar el beneficio de establecimiento abierto, al ciudadano RAMIREZ GILMA ENRIQUE, quien figura como penado, en la causa Nº TP01-P-2010-000545, por la comisión del delito de EXTORSIÓN, regulado en el artículo 16 d.....