En mérito de lo expuesto, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta el DECAIMIENTO SOBREVENIDO de la presente acción de amparo constitucional incoada por contra actuación del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de fecha 26 de abril de 2022, en ejecución de comisión N° 582-2022, emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo.
QUEDA CONFIRMADA, pero por diferente motivación la decisión apelada.
No hay condenatoria en las costas del presente recurso, dada la decisión proferida.
Publíquese, regístrese y remítase la presente causa al Juzgado de origen, y copia certificada de esta decisión al Juzgado Tercero.....