Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Número 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo acuerda suspender condicionalmente el proceso seguido por la Fiscalía V del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo contra el ciudadano YORDI EDUARDO ABREU BATISTA, ya identificado, por la comisión del delito de Lesiones Personales Menos Graves, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de Luís Alfonso Figueroa.
Dada oralmente en la Sala de Audiencias del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Número 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en Trujillo, Estado Trujillo, a los veintidós (22) días del mes de enero de 2009, años 198° de la Independencia y 149° de la Federación, y redactada, publicada, leída y agregada a los autos, en la misma Sala de Audiencias el mismo día, a las tres y ve.....