D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hechos y de derecho expuestas anteriormente este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por desalojo interpuso la ciudadana Judith Coromoto Briceño de Yanez contra la ciudadana María Eugenia Matheus Pérez, identificadas en autos, del inmueble destinado a vivienda objeto del contrato de arrendamiento celebrado ante la Notaría Publica Segunda de Valera del estado Trujillo, de fecha 1 de febrero del año 2010, bajo el No. 3, Tomo 14.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber sido vencida totalmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Me.....