PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, por lo que se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos AMADO JESUS REYES y LUZMILA GOYO GALINDEZ, según acta de matrimonio N° 573, de fecha 01 de septiembre de 1978, celebrada por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Federal hoy Distrito Capital. SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, ofíciese a la PRIMERA AUTORIDAD CIVIL DE LA PARROQUIA SUCRE MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL DISTRITO CAPITAL, a los fines de que estampe la nota marginal correspondiente a la decisión.
Déjese copia certificada de la presente decisión conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.