Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se modifica el auto dictado el 22 de septiembre de 2009 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, que ordenó librar edicto a los Herederos desconocidos del ciudadano AVILIO LISCANO TOVAR, a petición de la abogada Yvana Borges, apoderada de la parte demandada, en el juicio de daños y perjuicios incoado por PETRA AMBROSINA HENRIQUEZ de LISCANO y AVILIO LISCANO TOVAR en contra de TAMARA CHOCRON de GALLEGOS y MOISÉS GALLEGOS;
SEGUNDO: Queda modificada la resolución judicial dictada por el A-quo el 22 de septiembre de 2009 en lo que respecta a la mención que se hace de la .....