Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a la ciudadana Mirian Josefina López de Rodríguez, ya identificada, para gestionar ante la empresa C.A AZUCA y Seguros MAPFRE, la cuota que le corresponde a la adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), como beneficiaria en su condición de hija del causante Carlos José Rodríguez.