ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: 1.- Se ADMITE PARCIALMENTE la ACUSACIÓN de conformidad con el artículo 326 y 330 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, presentada por el Ministerio Público en contra del imputado PEDRO JOSE GONZALEZ BETANCOURT, Titular de la Cédula de identidad Nº 12.332.079, Venezolano, de 39 años de edad, natural de Boconó de profesión u oficio Electricista automotriz, estoy haciendo un taller para arreglar carros hijo de Eusebio González y Maria Lorenza Betancourt, Domiciliado en Segunda Sabana, Valle Verde II Calle San Miguel, en la entrada del Abasto Nueva Imagen Municipio Boconó Estado Trujillo, se precalifica el hecho por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA AGRAVADA delito previsto y sancionado en el artículos 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de XIOMARA DEL CARMEN PLAZA Y CLARA DEL CARMEN RUIZ, igual se admiten los medios probatori.....