PRIMERO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, interpuesto por el abogado GERARDO ANTONIO VALENZUELA SEGURA, actuando en este acto en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YUBRIANGEL JOSEFINA REYES MOSQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.424.994, contra la sentencia de fecha 31/03/2025, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Remítase a su tribunal de origen en la oportunidad procesal correspondiente.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 282 del Código Adjetivo Civil, se condena en costas en el presente desistimiento a la ciudadana YUBRIANGEL JOSEFINA REYES MOSQUERA, identificada en autos.