Por las razones antes expuestas, este Juzgado de los Municipios Carache Candelaria Y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la OBLIGACION ALIMENTARIA, solicitada por la ciudadana: GAINE DEL CARMEN PEÑA DE HIDALGO, a favor de su hija: LUISANA MAYLET HIDALGO PEÑA, en contra del ciudadano: LUIS ALEXANDER HIDALGO TROMPETERO, en consecuencia se fija la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,oo) mensuales, que el ciudadano: LUIS ALEXANDER HIDALGO TROMPETERO deberá pasar a su hija, y la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,oo), como BONIFICACION DE FIN DE AÑO (AGUINALDOS), más los gastos de medicinas, uniformes, útiles escolares y vestidos cuando lo requiera.-
Dada, Sellada y Firmada en la Sala del Despacho del Juzgado de los Municipios C.....