Se dictó resolución mediante la cual este Tribunal, visto que fue positiva la conciliación y por cuanto no se vulneran derechos irrenunciables de la trabajadora , ni normas de orden publico, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley homologa el acuerdo de pago de las partes. Se deja constancia que la presente resolución se dicto el dia de ayer 22-09-2011, siendo registrada en el dia de hoy, ya que el acta de traslado fue levantada de manera manual, en el dia de ayer 22-09-2011.