DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por el abogado RAFAEL AGUILAR HERNÁNDEZ, en su carácter de Juez Superior Titular Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en el juicio que por tercería de dominio sigue la sociedad de comercio Marcols, C. A. contra los ciudadanos, Elsa Cols de Márquez, Carmen Inés Araujo viuda de Gudiño, Adalberto de Jesús Gudiño Araujo y Migdalia Josefina Gudiño de Natera.
Se ORDENA notificar el presente fallo, por medio de oficio, al juez inhibido. Entréguese al ciudadano Alguacil el referido oficio para la práctica de tal notificación. Igualmente se ordena que por Secretaría se expida copia certificada de las presentes a.....