DISPOSITIVA
Por las anteriores razones de hecho y fundamentos de derecho, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: Primero: Admite el escrito acusatorio presentado contra el ciudadano ALEJANDRO COROMOTO SANDOVAL ABREU, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 9.313.990 (no porta), nacido en fecha 09-07-1962, de 44 años de edad, soltero, zapatero, hijo de María Sandoval y Gregorio Sandoval (difuntos los dos), residenciado en Av. Los Pinos, casa N° 80, Lazo de la Vega, Valera, Estado Trujillo, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado el artículo 16 de la ley sobre la violencia contra la mujer y la familia en perjuicio de la ciudadana AMALIA MARGARITA SANDOVAL DE BERRIOS y MAITE MARGARITA BERRIOS SANDOVAL. Segundo: Se Admiten todas y cada una de las pruebas promovidas por l.....