JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CONFESA a la Alcaldía del Municipio San Rafael de Carvajal del estado Trujillo por su incomparecencia a la audiencia de juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LUISA MARÍA VALECILLOS, titular de la cédula de identidad Nº 9.316.201, asistida por el Abg. RUBEN DARIO RONDON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.886, Procurador de Trabajadores del Estado Trujillo; contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN RAFAEL DE CARVAJAL DEL ESTADO TRUJILLO; representada legalmente por el ciudadano MARCOS MONTILLA, en su condición de Alcalde del Municipio. TERCERO: Se condena a la demandada al pago de la cantidad de Bs. 18.028,23, por concepto de prestaciones so.....