Por las anteriores razones, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: Primero: De conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, se DECLARA revisada la medida cautelar sustitutiva de libertad dictada por este Tribunal de Control N° 2 en fecha 13 de enero de 2006, en contra del ciudadano JOSE GREGORIO PACHECO, titular de la cédula de identidad N° 12.043.310, venezolano, de 34 años de edad, natural de Sabana de Mendoza, Trabajo en Ban Ahorro, Obrero, Alfabeto, soltero, nacido el 03/06/1971, hijo de Luis Alberto Fernández y Gladis Eden Pacheco, residenciado Sabana de Mendoza, Barrio casa Blanca, casa s/n°, cerca del Mercado Municipal como a tres cuadra, en el Sector Hugo Chávez Frías, calle Principal, casa s/n°, Parroquia Valmore Rodríguez del Municipio Sucre Estado Trujillo. Segundo:.....