Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 23/01/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-L-2008-002367 N° Sentencia : Fecha: 23/01/2012
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Beneficios Laborales
Partes:
ROSARIO MEJÍAS DE MARTÍNEZ Y OTROS VS ESTADO LARA, EN ÓRGANO DEL CONSEJO LEGISLATIVO
Resumen:
La falta de inclusión de elementos que contempla el Artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo, no implica la vulneración de algún derecho económico, porque las partes en el acuerdo plural limitaron la base de cálculo de la jubilación contractual y en este caso no se solicitó la nulidad de la misma, ni resulta evidente vicio alguno porque se trata de un beneficio convencional.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
arriba

N° Expediente : KP02-L-2011-000445 N° Sentencia : Fecha: 23/01/2012
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
YENNY MATILDE GUEDEZ SÁNCHEZ, VS IGP INVERSIONES, C.A
Resumen:
Consta en autos del folio 34 al 53, expediente administrativo llevado por la Inspectoría del Trabajo, que no fue impugnado y se le otorga pleno valor probatorio, del que se observa la providencia administrativa dictada en fecha 26 de febrero de 2010 (folio 40), y en fecha 11 de marzo de 2010 se realizó acto de constatación del cumplimiento de la orden de reenganche (folio 63); y luego se sustanció el procedimiento de multa. En todo caso, la providencia adquirió definitiva firmeza el 26 de agosto de 2010, luego de transcurrir el lapso de caducidad establecido en la legislación especial para ejercer el recurso contencioso administrativo. Según la jurisprudencia reiterada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, debe observarse algún motivo de terminación expreso o tácito del trabajador beneficiario de la providencia, que en este caso, no es otro que la presentación de la demanda, el 30 de marzo de 2011, por lo que resulta evidente la improcedencia de la prescripció.....
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados