este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: IMPARTE LA CORRESPONDIENTE HOMOLOGACION a la transacción presentada Sociedad mercantil DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS YARACUY, representada por el abogado JORGE LUIS OLIVAR RIVAS, inscrito en el IPSA bajo el N° 182.422 y el abogado JOSE FERANDO CAMCARO TOVAR, inscrito en el IPSA bajo el N° 90.495 actuando en representación del ciudadano AMILCAR RAFAEL VILLAVENCIO LOPEZ, por no ser contraria a derecho y por haber cumplido con los requisitos de ley. Téngase la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Expídanse las copias certificadas requeridas en el escrito transaccional una vez que el presente fallo quede firme. TERCERO: este juzgado se pronunciara sobre el levantamiento de las medidas una vez quede definitivamente firme el presente fallo. CUA.....