administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación de auto interpuesto por la Abogada Thamara Viloria Cedeño, actuando como Defensora de Confianza del procesado, ciudadano PEDRO DANIEL VILLARRUEL TORRES, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 11 de febrero de 2009, en la audiencia preliminar realizada en la causa principal N° TP01-P-2008-006827, seguida por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 de Código Penal en agravio del ciudadano José Luis Zambrano y del SUPERMERCADO UNICO.