Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de nulidad incoada por el JORGE ALBERTO SÁNCHEZ CABEZAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.670.748, domiciliado en Boconó, Estado Trujillo, representado judicialmente por la Abg. JUDITH AZUAJE H., titular de la cédula de identidad Nº 10.255.373 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.697, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ÓRGANO DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO, contra el acto administrativo de efectos particulares, constituido por Providencia Administrativa Nº 03/2011, de fecha 14 de enero de 2011, correspondiente al Expediente Administrativo Nº 007-2010-01-00020, dictado p.....