III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por el apoderado de los demandantes del juicio de partición, contra el auto dictado por el A quo en fecha 21 de Febrero de 2008, el cual queda REVOCADO.
Se ANULAN los autos de fechas 17 de Octubre de 2007; 05 de Noviembre de 2007; y 14 de Enero de 2008, dictados en este juicio de partición por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial.
Se SUSPENDE el curso del presente proceso de partición, el cual será decidido en la misma sentencia que habrá de pronunciarse sobre la tercería, en la cual y, según las resultas de la decisión sobre tal intervención de terceros, se determinará si el prese.....