DISPOSITIVA
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO en vista de lo solicitado tanto por la representación fiscal como por la defensa publica y como el objeto y fin único de este proceso de a adolescentes es la reinserción dentro de la sociedad es por lo que esta juzgadora acuerda al adolescente RESERVADO, titular de cédula de identidad Nº RESERVADO, Venezolano; Edad RESERVADO años; soltero; fecha de nacimiento el RESERVADO; Estudiante; Domiciliado en RESERVADO, quien se encuentra acompañado de sus representantes RESERVADO, C.I. RESERVADO RESERVADO, C.I. RESERVADO y RESERVADO C.I RESERVADO, por la comisión del delito "robo agravado de Vehiculo automotor previsto en el articulo 5 Ord. 1, 2 3, 10 del articulo 6 de la Ley sobre el hurto y robo de vehiculo automotores sancionado en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes en contra del ciudadano Freitez Suárez Andrés Ramón, el cambio de sanción de privació.....