Se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, se REVOCÓ la decisión dictada en fecha 02 de febrero de 2024, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, cursante desde el folio 216 al 236 de actas, y se ANULARON todas las actuaciones posteriores al auto de fecha 09 de noviembre de 2023, que riela al folio 197, incluyendo dicho auto y la sentencia recurrida, reponiendo la causa al estado de que se fije nueva Audiencia Probatoria, previa notificación de las partes, debiendo el Juez que conozca en Primera Instancia, resolver como punto previo lo atinente al fraude procesal denunciado por la parte demandada.